CFDI de nómina: qué lleva, cuándo se timbra y qué pasa si te equivocas
Actualizado: 19 de octubre de 2026
Pagarle a alguien no termina con la transferencia. Cada pago a un trabajador necesita su comprobante timbrado ante el SAT, y ese comprobante es lo que hace que el sueldo sea deducible para el patrón y que el trabajador pueda presentar su declaración anual sin sorpresas.
Qué es
El recibo de nómina es un CFDI de tipo Nómina: un comprobante igual que una factura, pero con un complemento propio que desglosa lo que se le pagó a la persona y lo que se le retuvo. Lo emite el patrón, una vez por cada pago y por cada trabajador.
Dentro van, a grandes rasgos:
- Los datos del trabajador: RFC, CURP, número de seguridad social, puesto, tipo de contrato y de jornada, salario diario y salario diario integrado.
- El periodo: fecha de pago, fecha inicial y final del periodo y los días pagados.
- Las percepciones: el sueldo y todo lo demás que se le pagó, cada concepto con su clave del catálogo del SAT.
- Las deducciones: el ISR retenido, las cuotas del IMSS, el INFONAVIT, los préstamos, la pensión alimenticia.
- Otros pagos: el subsidio para el empleo, cuando aplica, va aquí y no en percepciones.
Cuándo se timbra
El comprobante va al momento del pago, no al final del mes ni cuando haya tiempo. La regla general es que se emita dentro de los días siguientes a la fecha en que se pagó, y el plazo exacto depende del número de trabajadores: entre menos personal, más días. Quien paga semanal o quincenal normalmente timbra en el mismo corte.
El plazo no es el mismo para todos y cambia con la Resolución Miscelánea de cada año. Si llevas la nómina de un cliente, confirma el que te toca antes de dejar un proceso corriendo con una fecha fija.
Los errores que más se repiten
| El error | Qué provoca |
|---|---|
| RFC o CURP del trabajador mal capturado | El timbrado se rechaza, o peor: se timbra a nombre de nadie y el trabajador no lo ve en su declaración anual. |
| Clave de percepción equivocada | Un concepto exento registrado como gravado —o al revés— cambia la retención y el trabajador lo descubre hasta abril. |
| El subsidio para el empleo en percepciones | Va en «otros pagos». Puesto en el lugar equivocado descuadra el comprobante. |
| Fecha de pago distinta a la real | Es el dato con el que se cuenta el plazo. Si no corresponde, el comprobante queda fuera de tiempo aunque se haya timbrado a tiempo. |
| Finiquitos y aguinaldos capturados como un sueldo normal | Tienen sus propias claves y su propio tratamiento. Meterlos como sueldo ordinario es de las correcciones más caras. |
Si ya se timbró mal
Un recibo de nómina equivocado se cancela y se vuelve a emitir, igual que cualquier otro CFDI: se timbra el correcto, se cancela el anterior con el motivo que corresponde a una sustitución y los dos quedan relacionados. Lo que no se puede es dejar los dos vivos ni corregirlo encima.
Y aplica el mismo plazo que a todos los comprobantes: la cancelación va a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del ejercicio en que se emitió. Después de eso ya no hay forma de arreglarlo, y el gasto queda como quedó. Lo vemos a detalle en la guía de cancelación de CFDI.
Por qué le importa al trabajador, no solo al patrón
Para el patrón el recibo timbrado es lo que hace deducible el sueldo. Para el trabajador es otra cosa: es la base de su declaración anual precargada. El SAT arma esa declaración con lo que el patrón timbró, así que un recibo con la clave mal puesta le aparece al trabajador como un ingreso que no tuvo, o le desaparece una retención que sí le hicieron.
Cuando alguien reclama que «el SAT le está cobrando de más» en abril, muy seguido el origen está en un recibo de nómina de hace diez meses.
Cómo se hace esto en Aval
Aval timbra la nómina: das de alta a cada trabajador una vez —RFC, CURP, NSS, puesto, salario diario y fecha de ingreso— y de ahí en adelante capturas las percepciones y deducciones del periodo y se emite el comprobante, con las claves del catálogo del SAT ya resueltas.
Si pagas semanal o quincenal, dejas la nómina programada igual que una factura recurrente y el recibo sale el día que toca. Cada trabajador recibe su PDF y su XML por correo o por WhatsApp, sin que tengas que reenviarlos a mano.
Lo que Aval no hace es calcularla. El ISR, el subsidio para el empleo y las cuotas del IMSS e INFONAVIT los sigues sacando donde los sacas hoy; aquí capturas los importes y se timbra. Es la misma idea que con la contabilidad: Aval se suma a lo que ya usas, no lo reemplaza.
Probar 15 días sin costoDentro de Aval, en «Ayuda», está el manual completo con capturas de cada pantalla. Esta guía explica el trámite; el manual explica los botones.
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Sobre esta guía. Describe las reglas vigentes a la fecha de actualización y busca ser útil, no sustituir a tu contador. Los plazos y las claves cambian con la Resolución Miscelánea Fiscal de cada año: confírmalos con tu asesor antes de tomar una decisión que tenga consecuencias.