Cancelar un CFDI: los cuatro motivos, los plazos y la aceptación
Actualizado: 23 de septiembre de 2026
Cancelar una factura dejó de ser un botón. Desde 2022 hay que decir por qué se cancela, y en varios casos el receptor tiene que estar de acuerdo. Elegir mal el motivo no es un detalle administrativo: es una declaración ante el SAT sobre lo que pasó con esa operación.
Los cuatro motivos
| Clave | Cuándo se usa | Qué exige |
|---|---|---|
| 01 | La factura tiene errores y ya emitiste otra que la sustituye | El folio fiscal de la nueva, y que la nueva la relacione como sustitución |
| 02 | Tiene errores y no habrá sustitución | Nada más, pero suele requerir aceptación del receptor |
| 03 | La operación no se llevó a cabo | Que de verdad no se haya llevado a cabo |
| 04 | Operación nominativa que ya estaba en una factura global | Solo aplica a facturas globales a público en general |
El motivo 03 es el más peligroso. Si la operación sí ocurrió y se cancela diciendo que no, el SAT puede exigir el ISR y el IVA del comprobante original, con recargos. Cuando hubo operación pero la factura está mal, el motivo es 01 o 02, no 03.
La aceptación del receptor
En buena parte de las cancelaciones, el SAT le pregunta al receptor. Este tiene 72 horas para aceptar o rechazar desde su Buzón Tributario. Si no responde, se considera aceptada.
Esto tiene tres consecuencias prácticas:
- Una cancelación no es inmediata: puede quedar «en proceso» tres días.
- Tu cliente puede rechazarla, y entonces la factura sigue viva.
- Hay que darle seguimiento. Una cancelación que se pidió y nadie volvió a mirar es una factura que quizá sigue vigente en la contabilidad de los dos.
Hasta cuándo se puede cancelar
El plazo general está ligado al ejercicio: los comprobantes se cancelan a más tardar en el mes en que debe presentarse la declaración anual del ejercicio en que se expidieron. En la práctica, lo que se facturó este año se corrige este año.
Y hay casos con reglas propias, que conviene revisar antes de intentarlo: el complemento de pago, que desde 2026 requiere aceptación del receptor, y los comprobantes de nómina, carta porte o hidrocarburos, que tienen condiciones especiales.
Cuando el SAT no te deja cancelar
Si al cancelar recibes que el comprobante no es cancelable, casi siempre es porque otros CFDI lo referencian: un complemento de pago, una nota de crédito, una factura que lo sustituye. Hay que cancelar primero esos, en orden inverso al que se emitieron.
Y si ya venció el plazo
Entonces no se cancela: se corrige con otro comprobante. Una nota de crédito, un CFDI de egreso que ajuste el monto, o la figura que corresponda al caso. Es más trabajo y deja más rastro, pero es lo correcto cuando la cancelación ya no está disponible.
Cómo se hace esto en Aval
Aval pide el motivo antes de mandar la cancelación y revisa que cuadre: con motivo 01 valida que la factura sustituta de verdad la relacione, y con motivo 04 que se trate de una factura global.
Si la cancelación queda esperando la respuesta del receptor, Aval le da seguimiento por ti y te avisa cuando se acepta, se rechaza o se vence el plazo, en lugar de dejarla en «en proceso» para siempre.
Probar 15 días sin costoDentro de Aval, en «Ayuda», está el manual completo con capturas de cada pantalla. Esta guía explica el trámite; el manual explica los botones.
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Sobre esta guía. Describe las reglas vigentes a la fecha de actualización y busca ser útil, no sustituir a tu contador. Las reglas del SAT cambian con la Resolución Miscelánea Fiscal de cada año: confirma los plazos con tu asesor antes de tomar una decisión que tenga consecuencias.